Concesión definitiva Ayudas de Rehabilitación de Vivienda Primera Necesidad 2020
08/04/2022 | 13:56

Resolución Nº 2022/2433, de 08 de abril, dictada por La Concejala de Vivienda, por la que se concede, con carácter definitivo, las Ayudas de Rehabilitación de Vivienda Primera Necesidad 2020.

De conformidad con las bases reguladoras, los beneficiarios que se les concede definitivamente las ayudas, disponen, para la realización de la obra, de un plazo de CUATRO MESES (4) contados a partir del día siguiente de la publicación de la concesión, mediante entrega de la siguiente documentación, ante esta corporación, a los efectos de proceder al abono de la ayuda:

  • - Factura detallada de la obra realizada.
  • - Documento de endoso debidamente cumplimentado por el que el beneficiario acepta endosar a la persona física/juridica que ha realizado las obras el importe de lo concedido / Alta a Tercero, con número de cuenta del solicitante de la ayuda.
  • - Documento de Alta a Tercero de a persona física/jurídica que a realizado las obras a los efectos del abono de la ayuda. 
  • - Documento de Alta a Tercero del beneficiario de la subvención, a los efectos de abonar los importes correspondientes al impuesto municipal (ICIO) y la tasa por expedición de licencia.

En todo caso, será necesario la comunicación a esta Corporación de la finalización de las obras dentro del plazo citado de los CUATRO MESES (4) para que se gire visita por el Técnico municipal para la comprobación de la finalización de las obras y la adecuación de éstas a lo presupuestado y concedido, emitiendo informe final de obra.  

En caso de interponer RECURSO DE REPOSICIÓN disponen del plazo de UN MES, para interponerlo, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución (del 09 de abril al 09 de mayo del 2022, ambos inclusive).